El Gobierno ha anunciado una significativa prórroga en los plazos para la conexión a red de los proyectos de energías renovables, extendiéndolos hasta los 8 años. Esta decisión, que altera los marcos temporales inicialmente establecidos por el Real Decreto-ley 23/2020, tiene como objetivo mitigar las tensiones en la cadena de valor que podrían resultar en un encarecimiento de los proyectos y un aumento en las importaciones de bienes de equipo.
En un esfuerzo por favorecer la industria y asegurar una incorporación ordenada de nuevas instalaciones, esta revisión de plazos aumentará la visibilidad de los planes para alcanzar los objetivos nacionales de producción de energía limpia para 2030. Además, se espera que beneficie a la economía en su conjunto en un contexto de creciente electrificación.
Concretamente, la modificación implica un aumento de seis meses en el plazo para obtener la Autorización Administrativa de Construcción del proyecto, llegando ahora a 49 meses. Además, se brinda a los promotores la posibilidad de extender el plazo para la obtención de la Autorización Administrativa de Explotación, pasando de cinco a un máximo de ocho años. Como condición, deben indicar de manera vinculante el semestre previsto para la puesta en servicio de la instalación. Para los parques eólicos marinos y los bombeos hidroeléctricos, el plazo total máximo de tramitación se ha fijado en nueve años.
En lo que respecta al autoconsumo, el Gobierno ha reservado el 10% de la capacidad de todos los nudos de la red de transporte de electricidad para celebrar concursos de acceso. Este espacio está destinado principalmente a instalaciones de gran escala vinculadas a la actividad industrial, garantizando así la evacuación de los excedentes de las instalaciones de autoconsumo.
Además, se facilitará el acceso a los fondos para autoconsumo del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Cambios específicos en el Real Decreto 477/2021 permitirán a las comunidades autónomas, encargadas de distribuir los fondos territorializados, reducir la documentación necesaria para acreditar el cumplimiento de los criterios de adjudicación.
Finalmente, en el ámbito del almacenamiento, un componente clave para la integración de grandes volúmenes de producción renovable y la aceleración de la electrificación económica, el Gobierno ha posicionado el almacenamiento de energía en el tercer lugar en el orden de preferencia de los usos del agua.
Esta decisión lo coloca detrás del abastecimiento a poblaciones y del uso agrario, pero por delante de la producción de energía eléctrica y otros usos industriales. Además, se adapta la concesión de las centrales hidroeléctricas de bombeo, considerándolas como almacenamientos hidráulicos de energía y fomentando su repotenciación.
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